CONVOCATORIA II PREMIO VICENTA CORTÉS ALONSO 2024

La Asociación de Amigos del Archivo Histórico Nacional (AAAHN), la Federación Española de Asociaciones de Archiveros, Bibliotecarios, Arqueólogos, Museólogos y Documentalistas (ANABAD), Archiveros Españoles en la Función Pública (AEFP), y el Archivo General de la UNED, hacen pública la CONVOCATORIA DEL II PREMIO VICENTA CORTÉS ALONSO, 2024, de acuerdo con las adjuntas bases del premio, acordadas entre las cuatro entidades promotoras del mismo.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

La fecha de límite de presentación de los trabajos será las 24:00 horas del 31 de agosto de 2024.

LUGAR DE PRESENTACIÓN

La presentación de los trabajos se hará exclusivamente en formato electrónico.

Se enviará un correo electrónico a la secretaría, que este año asume el Archivo General de la UNED, a la dirección electrónica archivogeneral@adm.uned.es, indicando en el asunto: «Opta al II Premio Vicenta Cortés Alonso».

No se escribirá nada en el cuerpo del correo.

Se añadirán los siguientes documentos adjuntos:

  • Aceptación de las bases (Anexo I)
  • Declaración Responsable (Anexo II)
  • Breve currículum vitae personal, académico y profesional 
  • Datos de identificación y de localización de la persona que opta al Premio
  • El trabajo que presenta al Premio, en el que no debe aparecer su nombre ni ningún dato de identificación.

En el siguiente enlace podrás acceder a las Bases: II_Premio_VicentaCortes_BASES_2024.

Estos correos serán tratados solo y exclusivamente por la secretaría del Archivo General de la UNED, quien numerará y remitirá los trabajos recibidos a la totalidad de miembros del Jurado.

FALLO DEL PREMIO

El Jurado dará a conocer su resolución antes del 15 de noviembre de 2024, y será oportunamente publicada en las páginas web de las respectivas entidades convocantes

Diploma de Experto online en Gestión Documental y Archivos (UAM-AEFP)

El presente Diploma de Experto, fruto de la colaboración de la Universidad Autónoma de Madrid y de la asociación Archivos Españoles en la Función Pública, viene a dar respuesta a un vacío formativo de los planes de estudios a nivel de Grado y Posgrado, tanto a nivel autonómico como nacional, presentando una oferta que recoge, de manera uniforme y estratégica, los contenidos necesarios para la formación de futuros trabajadores/-as de archivo y gestores/-as documentales.

Este estudio, dirigido por expertos docentes y profesionales del archivo y la gestión documental, facilita la preparación posterior de las oposiciones públicas a los cuerpos y escalas de archivos y supone un primer acercamiento a un campo profesional que ofrece igualmente oportunidades laborales en el ámbito de la empresa privada.

Además de este perfil formativo, el carácter transversal y práctico de todos los módulos, está dirigido a que el titulado/-a esté preparado/-a para insertarse en el mercado laboral. Para ello, la metodología docente virtual se encuentra orientada a generar dinámicas docentes y colaborativas, de manera que el alumnado pueda estar en constante aprendizaje y comunicación con el equipo docente tanto de manera síncrona como asíncrona y, finalmente, el último módulo que pretende reunir a estudiantes, docentes y profesionales en un ejercicio que les acerque a la práctica real de un archivo.

Más información aquí.

 

Archiveros Españoles en la Función Pública participa en consulta pública sobre la modificación de la Ley de Transparencia.

Como en anteriores ocasiones, la AEFP no ha perdido la oportunidad de participar en los mecanismos que habilita el Estado para intervenir como sociedad civil presionando para conseguir una legislación más justa y clara de acceso a los archivos y a la documentación pública.
Como ya hizo anteriormente en 2012 y en 2017, la AEFP participó en un procedimiento de consulta pública sobre la Ley de Transparencia, esta vez, en forma de consulta pública previa que se habilitó el pasado mes de febrero para la elaboración de un proyecto de ley por el que se modifique la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
 
La participación venía condicionada por la respuesta a un cuestionario de cuatro preguntas, que a su vez estaban subdivididas en otras, lo que dejaba poca libertad de redacción. No obstante, se han aprovechado las preguntas para formular nuestras reivindicaciones esenciales en materia de transparencia y acceso, a saber, el reconocimiento del derecho de acceso a la información pública como derecho fundamental; la eliminación de regulaciones especiales del derecho de acceso -como la Ley de Secretos Oficiales y el capítulo IV del RD 1708/2011-, de manera que se aplique de forma plena a todos los regímenes de acceso y no solo de forma supletoria; y la vinculación del acceso a la información pública con los archivos y la gestión documental, puesto que la información veraz ha de sustentarse en documentos públicos que cumplan con los requisitos de integridad, autenticidad, fiabilidad y continuidad en la cadena de custodia.
 
El documento que se presentó es mucho más extenso y contempla otras facetas. Si quiere ver el documento completo, puede verlo en este enlace.

Las irregularidades en la custodia de los documentos públicos de los presidentes del gobierno en la prensa

La prensa se hace eco de la postura de AEFP sobre las irregularidades en la custodia de los documentos públicos de los presidentes del gobierno, al hilo de las noticias sobre la presencia de documentación clasificada en casa del expresidente y el presidente de los Estados Unidos de América.

A raíz del escándalo mundial que ha supuesto la publicación en prensa de la presencia de documentación pública clasificada en los domicilios particulares del presidente y el expresidente de los EEUU, además de otros altos mandatarios, y tras conocer las medidas al respecto que las autoridades americanas, tanto la Fiscalía como la Agencia Central de Información (CIA) y el NARA han adoptado al respecto, algunos medios de comunicación de la prensa española se pusieron en contacto con nosotros para preguntarnos por el estado de los denominados “archivos presidenciales” en España.

Aprovechamos la coyuntura para explicar, en primer lugar, que tal categoría de “archivos presidenciales” como tal no existe, y expusimos nuestras consideraciones al respecto del tratamiento de los fondos documentales de los presidentes y expresidentes del gobierno de España, criticando tanto su patrimonialización en unos casos, como su destrucción en otros, y el incumplimiento generalizado de las obligaciones al respecto contenidas en la Ley de Patrimonio Histórico Español y en el Código Penal.

Os dejamos los enlaces de las noticias que salieron al respecto en los medios de comunicación, a los que desde aquí agradecemos que contaran con nosotros para informarse sobre este espinoso asunto.

¿Dónde están los archivos de los expresidentes españoles? (cuatro.com)

Las noticias de Herrero: Gregorio Luri: «La escuela está educando en el miedo al futuro» – esRadio (libertaddigital.com) (parte final)

Los archivos presidenciales en España, entre el poco control y la ilegalidad | El Periódico de España (epe.es)

Consulta pública sobre el proyecto de Real Decreto por el que se regula el Consejo de Memoria Democrática y el Registro Estatal de Entidades de Memoria Democrática.

Archiveros Españoles en la Función Pública ha participado en la Consulta pública sobre el proyecto de Real Decreto por el que se regula el Consejo de Memoria Democrática y el Registro Estatal de Entidades de Memoria Democrática.

El pasado mes de diciembre el Ministerio de Presidencia abrió el procedimiento de Consulta Pública del real decreto que pretende dar cumplimiento al mandato explícito del artículo 57 la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, que dispone la creación del Consejo de la Memoria Democrática, adscrito al Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, como órgano colegiado consultivo y de participación de las entidades memorialistas españolas.

Se solicitaban aportaciones de la sociedad civil sobre el alcance de las obligaciones previstas en la norma, los plazos y trámites para dotar de mayor eficacia y seguridad a la puesta en marcha de instrumentos y medidas para facilitar el fomento del movimiento memorialista, definir y concretar el alcance de las funciones atribuidas al Consejo de Memoria Democrática y mejorar el conocimiento, difusión y publicidad de las mismas y sus actividades a través del Registro Estatal de Entidades de Memoria Democrática.

Las propuestas de Archiveros Españoles en la Función Pública (AEFP) se han centrado en la necesidad incluir a funcionarios públicos con el perfil de técnico de archivos y gestión documental en cada uno de los organismos que se regulan en el Título III de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática, dedicado al Movimiento Memorialista, tanto en el Consejo de la Memoria Democrática como en la Comisión de ámbito estatal, de carácter académico, temporal y no judicial, independiente, con la finalidad de contribuir al esclarecimiento de las violaciones de los derechos humanos durante la Guerra y la Dictadura, regulados ambos en el artículo 57 de la LMD. Y lo hemos hecho convencidos de la utilidad de contar con la dilatada experiencia adquirida los profesionales de los archivos cuando gestionan fondos documentales producidos por los organismos represivos del Estado durante la dictadura franquista, siguiendo para ello la normativa internacional, las directrices y las recomendaciones emitidas al respecto por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, la UNESCO y el Consejo Internacional de Archivos, en materia de Archivos y Derechos Humanos.

Podéis descargar y leer nuestras aportaciones aquí.

Nuestra socia Esther Cruces reconocida por el Gobierno de la República Francesa

La Asociación de Amigos del Archivo Histórico Nacional, la Asociación de Archiveros Españoles en la Función Pública (AEFP) y la Federación de Asociaciones de Profesionales de los Archivos, las Bibliotecas, los Centros de Documentación, de Información y de Interpretación, los Museos y los Yacimientos Arqueológicos ANABAD, hacen público el fallo del Jurado integrado por Dña. Antonia Heredia Herrera, Dña. Julia María Rodríguez Barredo y D. Pedro López Gómez que, en su primera edición, ha otorgado el PREMIO VICENTA CORTÉS ALONSO al trabajo presentado bajo el título: Estudio y edición del documento «Poderes de diferentes poblaciones para jurar como heredero al infante Alfonso», conservado en el Archivo Histórico de la Nobleza, (1454-1465), del que es autor don Juan Luis Albentosa Aja.
Oportunamente se anunciará el acto de entrega del Premio, así como la presentación del libro conteniendo el texto premiado.

Apoyo a los archiveros del Archivo Nacional de Brasil

Ante la grave situacion del Archivo Nacional de Brasil, en el que los profesionales de esa institución están siendo desplazados de sus competencias, sobre todo para apartarlos del proceso de eliminación de documentos publicos, numerosos profesionales de todo el mundo hemos suscrito el comunicado adjunto.

Pincha aquí para ver el manifiesto.

Nota de prensa en relación a la publicación del RD de creación del Archivo Histórico de Movimientos Sociales

ARCHIVO HISTÓRICO DE LOS MOVIMIENTOS SOCIALES SÍ, PERO NO ASÍ

La Asociación Archiveros Españoles en la Función Pública (AEFP), que aglutina a profesionales del sector público a nivel estatal, saluda la creación de un nuevo Archivo Histórico pero cuestiona la ambigüedad del proyecto de Real Decreto que concreta esa decisión.

Tras el anuncio público por parte del Ministro de Cultura, durante una entrevista radiofónica en el mes de febrero, de la creación de un Archivo Histórico de los Movimientos Sociales (AHMS), ha sido en el mes de septiembre cuando finalmente se ha abierto a consulta pública el borrador del correspondiente Real Decreto necesario para formalizarla. En el proceso ha participado AEFP, como trata de hacer en cada ocasión que se plantean reformas normativas en materia de Archivos y Acceso a la Información, y cuyas aportaciones pueden consultarse en su página web.

Hay que tener en cuenta que el objetivo de este decreto es ofrecer una cobertura jurídica de carácter público al ya existente conjunto documental denominado “Archivos del Movimiento Obrero”, formado por los fondos documentales de las fundaciones Pablo Iglesias, Francisco Largo Caballero e Indalecio Prieto, que se conservan desde hace años y se sirven al público en el conocido como Colegio de San Bernardino de Alcalá de Henares, sede prevista del futuro AHMS. Una realidad que no se menciona en el proyecto de Real Decreto pero sí en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN), que no se adjuntó en el proceso de consulta pública, cuando se afirma que el “núcleo fundamental de la documentación conservada relativa a las organizaciones y movimientos sociales en España está constituido por los documentos que las propias organizaciones políticas y sindicales más representativas y con mayor grado de organización consiguieron sacar del país de manera clandestina”.

¿Son los sindicatos y los partidos políticos “movimientos sociales”? ¿Lo serían todos los partidos? ¿Y las organizaciones patronales? Este tipo de entidades tienen, recordémoslo, un tratamiento especial en la legislación sobre asociaciones, al tener relevancia constitucional. Si lo que se conserva en las citadas fundaciones son archivos de partidos o sindicatos obreros o de personajes vinculados a ellos, ¿por qué no se ha tratado directamente de crear un Archivo Nacional del Movimiento Obrero, a imagen de los Archivos Nacionales del Mundo del Trabajo, de Francia? Pero, en ese caso, ¿qué sucede con las otras organizaciones políticas y obreras de condiciones similares a las enunciadas? ¿Por qué jugar a esa confusión? Si hablamos de “viejos” y “nuevos” movimientos sociales, estos últimos hacen referencia a los archivos de las organizaciones feministas, del medio ambiente, el movimiento estudiantil, los consumidores o toda la documentación que ha generado el potente tejido asociativo de los Derechos Humanos y un largo etcétera. Pero, en ningún caso, a los Archivos del Movimiento Obrero. Dentro de la ambigüedad generalizada que caracteriza al Real Decreto, ni siquiera, se ha detenido en ofrecer una definición de qué se entiende por movimiento social. Falta, como mínimo, una definición que permitiría fijar los requisitos para ser considerado como tal.

Sin cuestionar la conveniencia de que exista un organismo estatal que ampare la preservación de los documentos de las entidades de la sociedad civil, considera AEFP que la ambigüedad en la redacción del artículo 1.2, que regula las funciones del nuevo centro y, sobre todo, la de la Disposición Adicional 3ª, sobre la formalización de las cesiones o depósitos de fondos documentales, pueden llegar a producir el indeseado efecto de que esas entidades privadas puedan considerar que el trabajo de gestión documental o de archivo al que están obligados por la Ley del Patrimonio Histórico Español les genere unos gastos innecesarios que se pueden ahorrar encomendándoselos a un servicio gratuito de almacenaje del Estado, con otro añadido no menor como se señala en la Memoria del Análisis de Impacto Normativo (MAIN) que acompaña al proyecto: se garantizará a “sus propietarios mantener la titularidad de los mismos”.

De acuerdo con el proyecto de decreto (Art. 2, d), serían susceptibles de ser incorporados al nuevo centro todos los documentos incautados por el ejército sublevado contra la II República durante y al final de la guerra civil a organizaciones políticas, sindicales, culturales, religiosas y de otro tipo, todas ellas consideradas enemigas del franquismo, centralizados en Salamanca entre 1937 y 1977 por la Delegación Nacional de Servicios Documentales y sus organismos precedentes, y que se encuentran actualmente en el Archivo General de la Guerra Civil, integrado en el Centro Documental de la Memoria Histórica (CDMH). ¿De nuevo se está apostando por sacar fondos del CDMH?, ¿solo para incluirlos en el AHMS, o previa restitución de los fondos a las entidades cuyos archivos fueron expoliados por el franquismo?

De la misma forma, el proyecto de Real Decreto presentado dedica la mayor parte de sus disposiciones al Patronato de lo que será el AHMS, sin regular el modo en que se pretenden mantener los medios materiales y humanos precisos para que funcione un nuevo Archivo Histórico Nacional, teniendo en cuenta, además, que la Disposición Adicional 1ª establece que “[l]o dispuesto en este real decreto no supondrá incremento del gasto público. Los gastos derivados de la creación del Archivo Histórico de los Movimientos Sociales serán atendidos con cargo a los créditos presupuestarios del Ministerio de Cultura y Deporte, sin que supongan incremento de gasto”.

A lo expuesto se suman otras dos preocupaciones de hondo calado. La primera de ellas -una seña de identidad de AEFP desde su fundación- reside en cómo el proyecto de Real Decreto de creación del AHMS carece de toda referencia al personal o al presupuesto que vaya un poco más allá de la insuficiente disposición adicional primera recién citada. Una vez más en la MAIN se encuentra la respuesta -recordemos una información que no se hizo pública en el proceso de consulta pública-. En tal documento sí se señala, en cambio, que la “plantilla del Archivo Histórico de los Movimientos Sociales y la composición de su plantilla se establecerá a partir de los recursos humanos y de la plantilla orgánica con que está dotado el conjunto de los Archivos Estatales”. Constituye una pregunta razonable si las actuales plantillas de las fundaciones agrupadas en los Archivos del Movimiento Obrero se integrarán o no en la plantilla de los Archivos Estatales. De ser así, ¿de qué modo?, ¿respetando los principios que rigen el acceso a la Función Pública?

Pero, sin duda, la mayor preocupación de AEFP es la del régimen de acceso en un archivo público a documentos de titularidad privada, ya que se regirían por la Disposición Adicional 7ª del Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos, que estipula que el derecho de acceso a archivos y documentos custodiados por el Ministerio de Cultura en virtud de compra, comodato, depósito, donación o cualquier otra figura jurídica, se someterá a las condiciones establecidas en el título en el que se materialice dicho negocio jurídico. Esto supondría, de facto, la existencia de archivo de titularidad pública (con fondos privados) con un régimen de acceso a sus fondos documentales radicalmente distinto al de los demás.

Con todo, desde Archiveros Españoles en la Función Pública confiamos en que durante la tramitación en Consejo de Ministros del Real Decreto se subsanen estas incongruencias y se pueda crear una institución que pueda ofrecer amparo a esos fondos documentales, de enorme valor para conocer la historia social de la época contemporánea en España desde una perspectiva más amplia que la que ofrecen, de modo unilateral, los documentos de los organismos públicos, tradicionalmente presentes en los archivos nacionales. 

Sin olvidar que, mientras esto sucede, el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado colapsa por falta de medios personales y materiales, baste como ejemplo la situación del Archivo General de la Administración (AGA), ubicado a escasos metros del futuro AHMS en Alcalá de Henares.

Adenda

Poco después de redactar la nota hemos comprobado que ya se ha publicado en el BOE del 12 de octubre el Real Decreto. Creemos que apenas hay cambios sustanciales con relación al proyecto. Solo nos aparecen dos modificaciones de calado. La primera es la inclusión de un punto (art 1. 4) en el que se explica qué se entiende, en este decreto, por «movimientos sociales», una de las cuestiones demandadas por AEFP. La otra novedad reseñable es que ha desaparecido del texto del preámbulo del decreto toda referencia a los fondos conservados en el edificio del antiguo convento de la Trinidad, de Alcalá de Henares y que sí constaba en el proyecto. Recordemos que ese edificio alberga hoy día los archivos de las fundaciones Pablo Iglesias, Francisco Largo Caballero e Indalecio Prieto.

Acto de presentación del libro «Archives and Human Rights»

Acto de presentación del libro «Archives and Human Rights» el próximo lunes, 21 en Madrid, en la sede del Archivo Histórico Nacional.
 
Consulta aquí el programa del acto.
 
Aquí encontraréis el enlace para seguir por streaming la retransmisión del acto. También os podéis conectar al mismo por Zoom, eso os permitiría, si lo deseáis, hacer preguntas o intervenciones online durante el debate.  El enlace a la sesión de Zoom es el siguiente:
 

 

CONVOCATORIA PREMIO VICENTA CORTÉS ALONSO 2021

El pasado día 4 de enero de 2021 falleció nuestra presidenta de honor. Para recordar su figura se convoca este premio sobre cualquier aspecto de la disciplina archivística y los archivos .

La Asociación de Amigos del Archivo Histórico Nacional (AAAHN), la Federación Española de Asociaciones de Profesionales de los Archivos, las Bibliotecas, los Centros de Documentación, de Información y de Interpretación, los Museos y los Yacimientos Arqueológicos (ANABAD FEDERACIÓN), y Archiveros Españoles en la Función Pública (AEFP) hacen pública la CONVOCATORIA DEL PREMIO VICENTA CORTÉS ALONSO, 2021, de acuerdo con las adjuntas bases del premio, acordadas entre las tres entidades promotoras del mismo.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Los trabajos se podrán presentar antes de las 24:00 horas (hora peninsular española) del 15 de octubre del presente 2021.

LUGAR DE PRESENTACIÓN

La presentación de los trabajos se hará exclusivamente en formato electrónico.

Se enviará un correo electrónico a la secretaría, que este año asume ANABAD FEDERACIÓN, a la dirección electrónica anabad@anabad.org, indicando en el asunto: «Opta al Premio Vicenta Cortés Alonso».

No se escribirá nada en el cuerpo del correo.

Se añadirán los siguientes documentos adjuntos:

Aceptación de las bases (Anexo I).

Declaración jurada (Anexo II).

Breve currículum vitae personal, académico y profesional.

Datos de identificación y de localización de la persona que opta al Premio.

El trabajo que presenta al Premio, en el que no debe aparecer su nombre ni ningún dato de identificación.

Estos correos serán tratados solo y exclusivamente por la secretaría de ANABAD FEDERACIÓN, quien numerará y remitirá los trabajos recibidos a la totalidad de miembros del Jurado.

Consulta la convocatoria aquí.

Consulta las bases del premio aquí.